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REGIONALES

Prestarán servicios comunitarios por haber violado el aislamiento social obligatorio

El Juzgado de Control de la Sede de Jesús María,  y el Fiscal de Instrucción Guillermo Monti, Representante del Ministerio Público Fiscal (MPF),  llevaron a cabo una audiencia de Suspensión del Proceso a Prueba previsto en el artículo 360bis. del Código Procesal Penal, con motivo de la solicitud formulada por el abogado defensor de dos imputados por el delito de Violación de Medidas adoptadas para impedir la Propagación de Epidemia (artículo 205 C.P.).

En dicha solicitud y como condición, los imputados, quienes se encontraban capacitados por sus cualidades personales para la tarea, formalizaron el ofrecimiento de reparación del perjuicio ocasionado consistente en la prestación de tareas de trabajo comunitario en el Centro Único de Manejo de Covid 19 dependiente de la Dirección de Defensa Civil y Control Urbano de la Municipalidad de Jesús María.

El ofrecimiento, fue considerado justo, razón por la cual, y al cumplir con el resto de las condiciones exigidas por el Instituto previsto en el Código de Procesal Penal de la Provincia de Córdoba, se dispuso la Suspensión del Proceso a Prueba por el término de un año en favor de los imputados, debiendo cumplir cada uno de ellos con la prestación de sesenta horas de tareas comunitarias en el Centro mencionado, como así también, con las demás condiciones establecidas por la ley de rito, bajo apercibimiento de dejar sin efecto el beneficio otorgado y continuar el proceso suspendido.


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