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El honorable tribunal de disciplina de la Liga Colón, dispone:

Tras disputarse la octava fecha del torneo apertura, el  tribunal de disciplina se expidió en cuanto a suspensiones, jugadores con tarjeta y los informes emitidos por los árbitros de cada encuentro. La resolución dice lo siguiente:

 

Acta Nº 11/2021 correspondiente a la fecha 8 del torneo apertura.

En la ciudad de Jesús María, de la provincia de Córdoba, a los 18 días del mes de agosto de 2021, el Honorable Tribunal de Disciplina Deportiva de la Liga Regional Colón, resuelve lo siguiente:

1-JUGADORES SUSPENDIDOS:

PRIMERA

-Bochas: Vivas Esteban (16707) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-Jockey: Figueroa Leandro (16416) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-2 de Abril: Videla Enzo (26083) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.); Iturre Elías (20878) 2 partidos (Art. 204 R.T.P.)

-Agraria: Maldonado Nicolás (A.D., D.N.I. 31.665.986) 2 partidos (Art. 260 R.T.P.)

-Sportivo Tirolesa: Farías Mario (25365) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-Asociación Atlética Falucho: Cragnolini Walter (21942) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.); Díaz Gabriel (16483) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

RESERVA:

-Bochas: Gulchard Brandon (21704) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.); Fernández Facundo (D.T., D.N.I. 27.190.670) 2 partidos (Art. 260 R.T.P.)

-Crecer: Farías Nicolás (414) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-Independiente: López Catriel (23794) 4 partidos (Art. 200 inc. a, punto 1 R.T.P.)

CUARTA:

-Quirquinchos Verdes: Jiménez Juan (26489) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-Asociación Atlética Falucho: Celiz Luciano (19399) 3 partidos (Art. 200 inc. a, punto 3 R.T.P.)

Juventud del Totoral: Monje Agustín (18071) 2 partidos (Art. 186 R.T.P.)

QUINTA: 

-Quirquinchos Verdes: Tello Lautaro (25069) 3 partidos (Art. 200 inc. a, punto 1 R.T.P.)

-Bochas: Quevedo Thomas (20917) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.); Pérez Lisandro (26295) (Art. 200 inc. a, punto 1 R.T.P.)

-Agraria: Carreño Santiago (20652) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-Independiente: Quiñonez Mateo (22164) 3 partidos (Art. 200 inc. a, punto 3 R.T.P.)

Juventud del Totoral: Monje Juan (22053) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

SEPTIMA:

-Independiente: Villafañe Pedro (A.C., D.N.I. 20.230.306) 2 partidos (Art. 260 R.T.P.)

FEMENINO:

-San Cayetano: Vélez Romina (23723) 1 partidos (Art. 207 R.T.P.)

-Agraria: Romero Soe (25227) 2 partidos (Art. 201, inciso a R.T.P.)

-Crecer: Gómez Pricila (50) 3 partidos (Art. 200, inciso a punto 1 R.T.P.)

2- OTRAS RESOLUCIONES.

CASO: ABANDONO DE JUEGO POR PARTE LA CATEGORÍA FEMENINO DEL CLUB QUIRQUINCHOS VERDES

Atento el informe realizado por el árbitro Facundo Fortete de la sigla A.A.D.C, del encuentro disputado el día 15 de agosto de 2021 por la categoría femenino entre los clubes Quirquinchos Verdes y su par de Bochas Sport Club, es que este tribunal resuelve dar por finalizado el encuentro con el resultado consignado en planillas como lo estipula el art. 106 del Reglamento de trasgresiones y Penas del Consejo Federal.

CASO: NOTA INGRESADA POR EL CLUB ATLÉTICO COLON DE TOTORAL

Atento la nota ingresada por la institución Club Atlético Colon del Totoral, en la cual se solicita la posibilidad de dar por cumplidas las suspensiones a jugadores. Hacemos saber al club de marras, que compartimos el criterio de que los clubes son un espacio netamente formativo y educador de personas, en los cuales se contiene tanto a sus jugadores como así también a la sociedad en su conjunto y se los aleja de los malos hábitos. Ahora bien, no es menos cierto que este tribunal ha fallado y ha sancionado a sus jugadores encontrándose firme tal sentencia sin su oportuna apelación o reconsideración, brindando en su momento el derecho constitucional de Defensa. Es por esta razón que no hacemos lugar a su solicitud por extemporánea y dejamos firmes las sanciones impuestas a sus jugadores.

CASO: ENCUENTROS ENTRE INDEPENDIENTE DEL TOTORAL Y FORCHIERI.

Vista los informes arbitrales de las categorías escuelita y sexta por la fecha 8 del torneo, como así también la nota ingresada por la institución Independiente, el día 17 de agosto de 2021, suscripta por su secretario y presidente, y atento que la misma está compuesta por dos pedidos, y que no rigen formalidades algunas en el Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal estipuladas para la confección de la presente resolución, es que vemos con buen tinte desglosar el pedido por las diferentes categorías que el club solicita.

-Categoría Sexta: Visto el informe confeccionado por el árbitro Giraudo Lucas, D.N.I. 42.304.006, por la fecha 8 del tornero de la liga entre los clubes Independiente del Totoral y Forchieri por la categoría sexta haciendo de local este último, como así también la nota presentada por el club Independiente. Considerando que la prueba aportada por el solicitante es contundente en cuanto a los argumentos justificativos de su demora, en la cual deja en claro que han tenido un accidente con el medio de transporte cuando se dirigían a la localidad donde hacían las veces de visitante. Es objeto de análisis, a su vez, el informe del árbitro, que da cuenta que la institución llego tarde. Es por ello que el presente tribunal resuelve solicitar a la liga que arbitre los medios para que reprograme el encuentro entre el Club Independiente del Totoral y Forchieri por la categoría sexta, conforme los arts. 32,33 y 287 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

-Categoría Escuela: visto el informe arbitral confeccionado por el Sr. Juncos Carlos D.N.I. 36.239.440, del encuentro entre Forchieri e Independiente del Totoral por la categoría escuela, como así también la nota ingresada por la institución Independiente. Considerando que tal como lo relata el club totoralense en su descargo de lo acontecido …”pero por una confusión en la información entre el presidente y la delegada Sra. Lorena Giuliano, no se presentó el pedido de postergación del partido Escuelita junto con el Femenino”… vemos que la institución no ha sido diligente en su procedimiento brindado por el protocolo para los casos de suspensión de partidos ante positivos Covid-19 en sus equipos, creemos que si no se aplican los protocolos, es porque se cuenta con los jugadores para llevar adelante los encuentros, creyendo que se han realizados las prácticas en las correspondientes burbujas y manteniendo equipo para disputar los encuentros. También este tribunal es consciente de las dificultades que están atravesando todos y cada uno de los clubes que integran la liga en lo referido a lo deportivo y económico, ya que en tiempos de pandemia ha sido muy difícil y muchas veces hasta imposible llevar adelante el cobro de las cuotas sociales, por ello sostenemos que multar en esta instancia seria ir en contra del espíritu de colaboración colectiva que debemos fomentar. Siempre este tribunal ha tenido una mirada humana y social con respecto a la labor que llevan adelante los clubes de carácter netamente formativos como lo son en la presente liga. Es por esto que resolvemos sancionar al Club con la pena de perdida de partido con el resultado 1-0 a favor del club forchieri, más la accesoria del descuento de 3 puntos de la tabla general, estipulado en el art. 109 del Reglamento de Transgresiones y Penas, llevando adelante lo prescripto por los arts. 32 y 33 del mencionado plexo normativo. Es también decisión del presente tribunal eximir de la multa al Club Independiente del Totoral como lo estipula el art. 109 del Reglamento de Transgresiones y Penas en la parte correspondiente a la eximición.            

CASO: DISTURBIOS EN EL ENCUENTRO DE RESERVA ENTRE COLON DEL TOTORAL Y SAN MARTIN

Visto el informe arbitral confeccionado por el Sr. Pastorino Eduardo D.N.I. 34.768.778 en el encuentro de reserva entre los clubes Colon del Totoral y San Martin. Es que este tribunal resuelve citar a los jugadores de Colon del Totoral Páez Luciano (19971), Paz Cristian (17764), Córdoba Santiago (18310), Díaz David (18287) y Farías Alejandro (17664) para el día de 24 agosto de 2021 a las 19:00 hs. en la sede de la liga. Es también decisión de este tribunal citar a los jugadores de San Martin Sosa Julián (16005) y Griguol Javier (23764) para el día 24 de agosto a las 20:00 hs. en la sede de la liga. Hacemos saber que todos los jugadores mencionados supra que se encuentran suspendidos provisoriamente conforme el art. 22 del R.T.P.

A través de la presente resolución solicitamos al Sr. Pastorino Eduardo D.N.I. 34.768.778, árbitro del encuentro, que ratifique o rectifique su informe.

Dejamos constancia de que una vez concluida la etapa investigativa llevada adelante por este tribunal, se consignará el resultado final del encuentro.

3- JUGADORES CON 4 AMARILLAS

Colon del Totoral: 21828 LIMIA LUCAS

-San Martin: 24720 BEHOBI JOAQUIN; 24734 BENITEZ SANTIAGO ELIAS; 1600 SOSA JULIAN JOAQUIN,

-Quirquinchos Verdes: 20214 SASTRE MANUEL; 22285 FAERMAN TOMAS;

-Jockey: 19980 GARNICA CRISTIAN; 18255 FARIAS AGUSTIN; 22136 ESCOBAR JOAQUIN;

-2 de Abril: 17035 NIEVA NAHUEL; 16472 PIREZ LUCAS; 17117 ALAMO GABRIEL

-Tirolesa: 24635 CISTERNA MAXIMO; 16860 VIVAS ROQUE

-Asociación Atlética Falucho: 18385 PERNAZZA ERIC; 17734 LEDESMA ARMANDO; 23587 CORDOBA ESTEBAN.

-Forchieri: 24094 BARRERA NESTOR; 22934 NEGRETE LAUTARO

-Independiente: 23848 BARRAZA NAZARENO; 17693 LUNA EDUARDO; 22721 MOYANO LISANDRO; 23799 ORTIZ ALEXIS.

-Juventud del Totoral: 16585 ACUÑA RAUL

4-JUGADORES SUSPENDIO POR UNA FECHA ART 208 R.T.P.

-Quirquinchos Verdes: 20885 VIRDIS TIAGO

-Crecer: 96 DIAZ TOMAS; 58 PEÑALBA EZEQUIEL VICTOR  

– Independiente: 22722 LAZCANO ERWIN

-Juventud del Totoral: 16139 CORTEZ DIEGO

JESÚS MARÍA 18 DE AGOSTO DE 2021.

JUAN FACUNDO GIMENEZ GRELLA………………………..PRESIDENTE.

RODRIGO ALAMO….……..…………………………………….SECRETARIO.

ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS


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