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Comienzan a regir las restricciones cambiarias en nuestro país.

El Gobierno Nacional anunció una serie de medidas que comienzan a regir desde hoy en el mercado cambiario. La iniciativa adoptada busca según indicaron, tener mas control con respecto a la compra-venta de dólares, como así también las transferencias al exterior. Jorge Ingaramo, (economista) analiza objetivamente esta medida.

Según indica el decreto, son medidas “urgentes y transitorias” para tranquilizar el horizonte financiero de cara a las elecciones generales de octubre próximo. Desde hoy se regula la compra-venta de divisa extranjera hasta un monto de 10.000 dólares. “buscando proteger al ahorrista ante un escenario complicado y de alta volatilidad”, indicaron desde nación.

Las medidas punto por punto:

Personas humanas (físicas):

1 Las personas físicas (residentes en el país) no podrán comprar más de u$s 10.000 por mes.

2 Las personas físicas (no residentes) no podrán comprar montos superiores al equivalente a u$s 1.000 mensuales.

3 No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de u$s 10.000 por persona por mes.

Personas Jurídicas (empresas):

1 Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

2 Los exportadores están obligados a vender las divisas obtenidas por sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque.

3 No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.

4 Las agencias de cambio deberán solicitar autorización al BCRA para poder incrementar sus stocks de moneda extranjera con relación a los topes de agosto de este año.

Otras modificaciones:

1 No habrá limitaciones para la extracción de dólares de cajas de ahorro, depósitos a plazo fijo o cuentas corrientes en dólares para personas humanas o jurídicas.

2 No se aplican restricciones de ningún tipo para quienes realicen viajes al exterior.

3 No se establecen impedimento para el comercio exterior.

4 Desde hoy se restringe la posibilidad de realizar compra de divisas para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera.-


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